<aside> 💡 La empresa Quinto Varapalo S.L realiza la declaración del IVA del tercer trimestre
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Usa el modelo 303 para la declaración, ¿Porqué?
Porque la normativa española obliga a empresas y profesionales autónomos que realizan actividades económicas sujetas a este impuesto, según la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), así como en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre. A través del modelo 303, se informa a la Agencia Tributaria sobre las operaciones realizadas durante un determinado periodo de tiempo (generalmente trimestral) y liquidan el importe del IVA correspondiente.
Quien debe presentar el mod. 303 ?
En España, el modelo 303 del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) debe ser presentado por aquellos empresarios y profesionales que realicen actividades económicas sujetas a este impuesto. Es decir, deben presentar el modelo 303 todas aquellas personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades empresariales o profesionales que generen obligaciones de declaración y pago del IVA. Esto incluye a autónomos, sociedades, comunidades de bienes y cualquier otro tipo de entidad que realice operaciones sujetas a IVA en el desarrollo de su actividad económica.
Es el impuesto que una empresa paga en sus compras y que puede deducir posteriormente en su declaración de IVA, siempre y cuando esas compras estén relacionadas con su actividad empresarial sujeta a IVA, según el Titulo VIII de la Ley 37/1992, 28 de diciembre, del IVA.
| Concepto | Cantidad | Tipo impositivo | Cuota |
|---|---|---|---|
| Compra material de oficina | 1.000 € | 21% | 210€ |
| Pago recibo de telefonía | 1.000 € | 21% | 210€ |
| Compra de mercadería | 100.0000 € | 21% | 21.000€ |
| Recibo alquiler | 10.000 € | 21% | 2.100€ |
| *Adquisición de ordenador para la oficina | 3.000 € | 21% | 630€ |
| TOTAL | 115000 € | 24.150€ |
| * Pago recibo de la electricidad | 1.500 € | 10% | 150 € |
|---|---|---|---|
| Compra productos | 12.500€ | 10% | 1.250 € |
| TOTAL | 14000 € | 1.400€ | |
| Total deducciones | 25550 € |
La casilla 28 es la primera del bloque que se refiere al IVA deducible. En este apartado se distingue si ese IVA proviene de operaciones interiores, importaciones, adquisiciones intracomunitarias… Y también si es producto de una operación corriente o de de bienes de inversión.16 dic 2022. Ley 37/1992, 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido.
La casilla 36 que se refiere al IVA deducible. En este apartado solo pondríamos las compras realizadas en el exterior, indiferentemente del tanto por ciento de IVA. Ley 37/1992, de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido. Art.13, 1º y Art.16
Es el impuesto que una empresa cobra a sus clientes por la venta de bienes o servicios, y es parte de sus ingresos, pero no forma parte de su renta. La empresa está obligada a declarar y pagar este IVA repercutido a las autoridades fiscales Según el Titulo IV del la Ley 37/1992, 28 de diciembre del IVA.
| Concepto | Cantidad | Tipo impositivo | IVA |
|---|---|---|---|
| Venta mercadería | 300.000 € | 21 % | 63.000 € |
| Venta mercadería | 20.000 € | 10 % | 2.000 € |
| *Recargo de Equivalencia | 300.000 € | 5.2 % | 15.600 € |
| Total devengos | 80.600 € | ||
| Resultado | 55.050 |
